El Congreso de los Diputados ha dado luz verde a la reforma del sistema de cuotas de los autónomos, un cambio que hará que los millones de trabajadores por cuenta propia coticen por sus ingresos reales y que conlleva más modificaciones para este grupo como, por ejemplo, en la tarifa plana que se establece para la cuota a la Seguridad Social de los autónomos que comienzan su actividad.
El texto del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio esta regulado por la nueva tarifa plana de autónomos. De forma más concreta, su disposición transitoria quinta, que explica que “la cuantía de la cuota reducida” será de 80 euros de 2023 a 2025. Esto supone una subida del 33%, ya que hasta el final de 2022 es de 60 euros mensuales.
La tarifa plana de autónomos contempla el pago por contingencias comunes y profesionales, que suponen el 28,3% y el 1,3% de la base de cotización, respectivamente. Las cuotas por cese de actividad y formación profesional (de un 0,9% y un 0,1%) quedan exentas durante el periodo de vigencia de la cuota reducida.
Cuánto tiempo dura
El periodo de vigencia de la cuota de autónomos es de 12 meses, es decir, el primer año de actividad de los trabajadores por cuenta propia. No obstante, en algunos casos se podrá prorrogar por otros 12 meses: cuando los rendimientos netos de ese primer año estén por debajo del Salario Mínimo Interprofesional.
Estos rendimientos se calculan deduciendo de los ingresos “todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo” y aplicando después una deducción del 7% (un 3% para autónomos societarios) por gastos genéricos.
Cómo conseguirla
Si un ciudadano decide inscribirse en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) podrá disfrutar de esta tarifa plana sin problemas. Para hacerlo puede usar Import@ss, la plataforma online de trámites de la Seguridad Social.
En el momento de registrar todos los datos que pide el sistema, el ciudadano ha de indicar que se trata de un alta inicial para que el propio programa aplique la tarifa plana en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. Eso sí, para beneficiarse de esta cuota reducida hay que cumplir todos los requisitos exigidos.
Fuente: El Economista