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Servicios de Arbitraje

La Fundación Signum es una apuesta del Colegio Notarial de Madrid

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La Fundación Signum es una apuesta del Colegio Notarial de Madrid, por la promoción, fomento y difusión en todos los ámbitos sociales, de soluciones para la resolución de conflictos mercantiles y civiles, entre ellos el arbitraje y la mediación, como una alternativa válida a la vía judicial tradicional.

Como especialistas en Resolución de Conflictos en los ámbitos Civil y Mercantil, La Fundación quiere acercar estas herramientas a las franquicias, un sector caracterizado por su elevada litigiosidad, con el daño económico y personal que esto conlleva para los franquiciados y franquiciadores.

La Mediación es un proceso voluntario de negociación, que se resuelve en pocas semanas, asistida por un mediador que ejerce el papel de organizar, conducir e impulsar el proceso eliminando factores externos que suponen unos costes altísimos. El acuerdo al que se llega, firmado voluntariamente, y pactado por las partes en litigio, alcanza eficacia ejecutiva cuando se eleva a escritura pública.

El Arbitraje constituye una alternativa a los tribunales independiente, rápida y eficaz, que acorta los plazos de resolución y aporta plena garantía jurídica y de confidencialidad.

Servicios

VENTAJAS DE LA MEDIACION

Rapidez en la solución: Unos pocos días, o como mucho semanas, para la mediación, unos pocos meses en el arbitraje, frente a los interminables plazos que el proceso judicial, en sus diversas instancias, supone.

Reducción de costes: No sólo en términos absolutos, sino aún más en términos reales teniendo en cuenta los tiempos.

Mantenimiento de relaciones: Es importante de cara a la continuación de la actividad de la empresa que la relación con la otra parte, no se rompa o se estropee. Un enfrentamiento judicial suele tener este efecto. Sin embargo la mediación consigue la solución del conflicto y que se mantega una buena relación entre las partes.

Confidencialidad: Con ella la salvaguarda frente a costes reputacionales en el mercado.

Control del conflicto: Las partes controlan, en lugar de dejar en manos de un tercero, la evolución del proceso.

Mejora de la comunicación: Y de las relaciones entre las partes. Aunque las empresas son entidades sin sentimientos, muchas veces los conflictos se agravan por falta de comunicación o dificultad de relación de éstas.

Acercamiento al “Espíritu del Contrato”: Capacidad de tener en las costumbres y usos específicos del sector, sin considerar tan sólo el plano puramente legal.

Ejecutabilidad del acuerdo: El acuerdo es plenamente ejecutable una vez elevado a escritura pública.

Tipos de Conflictos: Con clientes, asociados, relaciones jurídicas entre empresas, proveedores, entre franquiciado y franquiciador, controversias societarias internas, entre los socios, directivos, en sociedades familiares, conflictos internacionales, Reclamaciones a aseguradoras, Conflictos derivados de la contratos con proveedores, etc.

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