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Royalty: ¿realmente sabemos lo que pagamos?

Todo contrato de franquicia incluirá las contraprestaciones que debemos pagar para poder explotar esa franquicia en todos sus términos. Inversión, canon de entrada y los royalties, una palabra que en este sector ha pasado a ser uno de los términos más importantes

La inversión suele estar clara porque es el desembolso económico más elevado y con el que contamos desde el momento en el que decidimos que queremos montar nuestro propio negocio. El canon de entrada es la suma que el franquiciado paga por la adquisición del know-how o saber hacer que la central le transmitirá, la cesión de de los derechos de explotación en su zona de exclusividad y la licencia de uso de la marca, pero el royalty, ¿qué es?, ¿cuántos tipos existen?

Se podría definir el royalty como la cantidad económica que el franquiciado paga al franquiciado durante la duración del contrato en concepto de apoyo posterior a la adquisición del know how y que servirá al franquiciado para disponer de una asistencia continuada por parte de la central.

Pero esta es una definición muy genérica, ya que existen diferentes tipos de royalties y cada uno puede tener una descripción más específica.

En primer lugar podemos hablar del royalty de litigios, con cuya aportación por parte de la totalidad de los franquiciados de la cadena se genera un fondo que será empleado por la enseña para atender cualquier litigio que pudiera tener lugar ante la responsabilidad inherente a la actuación de los miembros de la cadena frente a terceros.

En segundo lugar tenemos el royalty de subvenciones, destinado a para la cobertura de servicios profesionales externos en materia de consecución de subvenciones y ayudas públicas con las que poder financiar parcial o totalmente determinadas inversiones en instalaciones o gestión de las unidades de la cadena de franquicias.

También podemos hablar del royalty interfranquiciados que es la contraprestación financiera que un franquiciado abonará a otro franquiciado de la misma cadena como consecuencia de determinados servicios de gestión que este último prestará al primero. No suelen ser muy usuales y siempre responderán a planteamientos estratégicos definidos por el franquiciador en base a la proximidad geográfica existente entre sus unidades franquiciadas y a la capacidad de asistencia de las mismas entre sí.

El royalty constante es aquel royalty porcentual que se mantiene estable cualquiera que sea la magnitud de la variable sobre la que se aplica. El creciente es el que se verá incrementado con el paso del tiempo y/o con el incremento de la variable sobre la que se calcula. Podrá aplicarse sobre ventas, compras o beneficios y, generalmente, se incrementará con una secuencia anual y/o con un intervalo previamente concertado y establecido en contrato. En este ámbito también podemos encontrarnos con el royalty creciente temporal. Por el contrario, tenemos el royalty decreciente que es el que se verá reducido con el paso del tiempo y/o con el incremento y/o reducción de la variable sobre la que se calcula.

Otro tipo de royalty con el que nos podemos encontrar es con el royalty de decoración, aquél que se establece en determinadas franquicias en las que el franquiciador aporta a los franquiciados con cierta periodicidad nuevos elementos decorativos con los que modificar la imagen del establecimiento comercial y aportar al cliente final un entorno de venta diferente y en permanente evolución.

Uno de los más importantes es el royalty de explotación, que es el gravamen establecido sobre la gestión franquiciada en contraprestación a los servicios de asistencia del franquiciador y la explotación en exclusiva de los derechos de uso de su marca. Pueden ser cantidades fijas, porcentajes sobre variables prestablecidas, generalmente calculados sobre ventas, o mixtos. Pueden ser crecientes, decrecientes o mostrar periodos de carencia.

El royalty de gestión es la contraprestación financiera que el franquiciador percibirá del franquiciado cuando corresponda al primero la completa gestión del negocio objeto de la concesión y exclusivamente al segundo la realización de las inversiones. Es un royalty muy poco usual en tanto, por lo general, corresponderá al franquiciado el ejercicio de las funciones gestoras.

Asimismo, podemos encontrar el royalty fijo que se determina como una cantidad específica y que se establece periódicamente bien como un importe constante único para toda la red (constante o variable en el tiempo) o variable por módulos correspondientes a una determinada magnitud de negocio previamente convenida.

Cuando no se establece de forma independiente sino que el franquiciado ya lo desembolsa con el pago de sus compras a la central, en tanto éste ya queda incluido en el margen que le franquiciador percibe con la venta al franquiciado, hablamos de royalty integrado en el precio de compra. Suele ser propio de franquicias de producto directamente suministrado por el franquiciador.

El royalty master es la contraprestación financiera que el franquiciador percibirá de un franquiciado principal o maestro a cambio de la asistencia técnica y comercial que le preste en el ejercicio de sus funciones. Por lo general, este royalty consistirá en una parte del que el franquiciado master percibirá de sus subfranquiciados.

Si hablamos de la cantidad que se aplica en diferentes niveles porcentuales o de cantidades fijas de acuerdo a un escalado de alguna variable de cálculo, por lo general la cifra de ventas o de beneficios de la unidad franquiciada, nos estamos refiriendo al royalty por intervalos.

El royalty por módulos es el que se calcula como múltiplo de una cantidad, o royalty base, en función de una variable de cálculo previamente establecida. Esta variable, por lo general, suele ser los metros cuadrados de superficie del local, aunque también puede calcularse por el número de mesas en caso de un restaurante, número de vehículos de transporte o cualquier otro parámetro de negocio.

Se dice que el royalty por potencial de mercado es aquel que queda relacionado con la demanda potencial del espacio de exclusiva que se le concede al franquiciado. Lo normal es establecer una cantidad fija periódica que variará de unas zonas franquiciadas a otras en función del volumen de población. Este tipo de royalties son habituales en franquicias que no conceden demarcaciones homogéneas y acuden, por ejemplo, a concesiones provinciales.

El royalty porcentual es aquel que se establece como porcentaje de una determinada variable de cálculo. El caso más habitual es establecerlo sobre la cifra de ventas de la unidad franquiciada, aunque si bien, también se puede fijar como un porcentaje de la cifra de compras o de los beneficios. Puede consistir en un royalty mixto aplicado sobre más de una variable, e incluso tratarse de escalados aplicados en función de la magnitud de gestión de la variable contemplada.

Luego podemos encontrarnos con royalties sobre beneficios, compras o ventas. En el primer caso es el que se calcula porcentualmente sobre el resultado de la explotación franquiciada. Puede ser aplicado sobre el beneficio bruto, el beneficio antes de amortizaciones, intereses e impuestos e incluso sobre el beneficio neto del franquiciado. En el segundo caso es el que se calcula sobre la cifra total de compras de la unidad franquiciada. Se suele aplicar en aquellas franquicias en las que el franquiciador no realiza funciones de aprovisionamiento, sino que simplemente aporta relaciones de proveedores externos homologados. Y en tercer lugar estaría el royalty sobre ventas que es el más habitual y consistirá en un porcentaje de la cifra de ventas de la unidad franquiciada.

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